Recargo de Prestaciones por Accidente de Trabajo

En el marco de la legislación española, la protección de los trabajadores frente a accidentes laborales y enfermedades profesionales constituye una prioridad en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.
El recargo de las prestaciones derivadas de accidentes laborales  es un mecanismo legal establecido para reforzar el cumplimiento de estas normativas. Dicho recargo, cuya cuantía oscila entre un 30% y un 50%, se aplica en caso de que un accidente haya sido ocasionado por el incumplimiento de las medidas de seguridad por parte del empresario.

El Recargo de prestaciones se incluye en el acta de infracción o informe de Inspección de trabajo y oscila entre un 30% y un 50%.

¿Cuándo se Aplica el Recargo de Prestaciones?

El recargo de prestaciones no es aplicable en cualquier situación de accidente laboral, sino que deben darse ciertas condiciones específicas para su imposición. Estas condiciones son fundamentales para entender la obligatoriedad de este recargo:

  • Existencia de un accidente con derecho a prestación: La ocurrencia de un accidente laboral debe resultar en el reconocimiento de una prestación económica a favor del trabajador o sus beneficiarios en caso de fallecimiento. Sin una prestación asociada, el recargo no procede.
  • Incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales: Debe demostrarse que el accidente fue debido  a una infracción en las medidas de seguridad exigidas en la Ley General de Prevención de Riesgos Laborales por parte del empresario.
  • Relación causal directa: Es esencial que exista una relación directa entre el incumplimiento de la normativa por parte del empresario y el daño sufrido por el trabajador. Sin este nexo causal, el recargo no se puede aplicar.
  • Responsabilidad intransferible del empresario: La responsabilidad de abonar este recargo recae exclusivamente sobre el empresario infractor y no puede ser objeto de seguro ni de acuerdos que busquen cubrir o transferir dicha obligación.
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flecha  Procedimiento para Solicitar el Recargo de Prestaciones

El procedimiento para la imposición del recargo es complejo y se demora mucho en el tiempo.  
La autoridad competente para determinar el Recargo de las Prestaciones es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que actúa bien a instancia del trabajador afectado o bien tras una inspección laboral.
El Director Provincial del INSS, es quien tiene la facultad de declarar la responsabilidad del recargo.

plazo de prescripción para reclamar el recargo de prestaciones, desde el reconocimiento de la última prestación: 5 años.

La legislación española establece que el plazo de prescripción para reclamar el recargo de prestaciones es de 5 años desde el reconocimiento de la última prestación.
Sin embargo, los efectos económicos solo pueden retrotraerse a tres meses previos a la solicitud, por lo cual es fundamental presentar la reclamación de manera oportuna.
La normativa que regula el recargo de las prestaciones está contemplada en varios textos legales, los cuales destacan la obligatoriedad del empresario en materia de prevención de riesgos laborales.

Estos son los principales cuerpos legales que regulan el recargo:

  • Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (artículo 164).
  • Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, que desarrolla en materia de incapacidades laborales el sistema de la Seguridad Social.
  • Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que regula la inspección y control en el ámbito laboral.

Informe de la Inspección de Trabajo:

Cuando la Inspección de Trabajo detecta un accidente laboral o enfermedad profesional que podría implicar un recargo de prestaciones, emite un informe que detalla la propuesta de recargo.
Este informe es remitido al INSS para que inicie el expediente correspondiente. Una vez que se abre el expediente, el empresario tiene la oportunidad de presentar alegaciones, garantizando así el derecho a su defensa.
El INSS dispone de un plazo máximo de 135 días hábiles para resolver el expediente de recargo. En caso de silencio administrativo, el afectado puede iniciar las reclamaciones judiciales pertinentes.

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En resumen podemos afirmar categóricamente que la intervención de Inspección de trabajo en un accidente laboral supone el garantizar los derechos del trabajador. El Recargo como Protección al Trabajador y Sanción al Empresario es el arma definitiva para minimizar los accidentes laborales.
El recargo de las prestaciones por accidentes laborales constituye una medida legalmente establecida para sancionar los incumplimientos de las normativas de seguridad y salud en el trabajo.
Esta sanción representa un derecho inalienable para el trabajador y una obligación intransferible para el empresario, destinada a proteger a aquellos que han sufrido daños derivados de negligencias en el entorno laboral.

Preguntas Frecuentes

¿En qué casos se aplica el recargo de prestaciones en accidentes laborales?

¿Cómo se solicita el recargo de prestaciones por un accidente laboral?

Reclamación por fallecimiento en accidente laboral Indemnización por Accidente Laboral en la Construcción

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